HISTORIAS DE LA SGAE: EL CANON DIGITAL ES ILEGAL



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado hoy que el canon digital tal como se aplica en España y del que se benefician la SGAE y ocho entidades de gestión más, es ilegal.

Hasta ahora nadie se libraba de pagar el canon -la tasa que encarece cualquier producto capaz de grabar, reproducir o almacenar datos- de forma preventiva ante la posibilidad de que el material adquirido fuera usado para realizar copias privadas. Instituciones públicas, empresas, profesionales, todo el mundo estaba obligado a satisfacer ese canon para compensar a las entidades de gestión de la propiedad intelectual por copias privadas que evidentemente los compradores profesionales no iban a hacer.

La sentencia considera que este pago indiscriminado es contrario a lo que marcan las directivas comunitarias. Que es ilegal en Europa, en definitiva.

La sentencia europea de ayer obligará a modificar la actual legislación española, a pesar de que la ministra de Cultura prefiere habla de "afinar".

En un doble salto mortal de interpretación jurídica, la SGAE considera que la sentencia les da la razón.

Y todo se ha debido a una lucha de años planteada por Ana Méndez, la propietaria de una pequeña tienda de informática de Barcelona, y de su abogado, Josep Jover, contra la SGAE, porque consideraban injusta la cantidad que la entidad de gestión les reclamaba en concepto de canon digital. Ana Méndez ha explicado su odisea en su página Sgae contra Traxtore y nosotros la contamos en el 30 Minuts que encabeza este post, Històries de la SGAE.

Yo asistí al juicio de Luxemburgo.

Contra Ana Méndez se presentaron las ocho entidades de gestión y los estados de España, Alemania y Grecia. Recuerdo especialmente como una abogada de una de las entidades de gestión justificaba el canon en las instituciones públicas porque, argumentaba ella, los funcionarios se dedicaban a hacer fotocopias para uso privado. "¿Me está usted diciendo que en España son incapaces de controlar lo que hacen los funcionarios y que por eso se debe pagar el canon?", le espetó el juez. La respuesta de la abogada fue confusa e irrelevante. Pero la sentencia no lo es.

Ni lo será.

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